La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que los ciudadanos sorteados como miembros de mesa para las Elecciones Generales 2026 ya pueden conocer su designación de manera rápida y sencilla.
Como se ha informado, la ONPE seleccionó previamente, el viernes 23 de enero, a 25 ciudadanos por cada mesa, de entre los cuales se sortearon este jueves 29 a los miembros de mesa titulares y suplentes.
Link miembros de mesa
La consulta se realiza a través de la plataforma Consulta electoral.
Cómo consultar si eres miembro de mesa en las Elecciones 2026
1. Ingresa a la plataforma oficial de la ONPE
2. Escribe tu número de Documento Nacional de Identidad (DNI).
3. Verifica tu resultado:
Si apareces como miembro de mesa titular o suplente, el sistema mostrará la mesa y el local de votación.
Si no fuiste sorteado, aparecerá el mensaje: “No eres miembro de mesa”.
La ONPE explicó que los sorteados están sujetos a tachas, es decir, a posibles impugnaciones presentadas por ciudadanos ante el Jurado Electoral Especial (JEE), conforme a la Ley Orgánica de Elecciones (Ley Nº 26859, Artículo 57). Este mecanismo permite evitar que personas con impedimentos ejerzan funciones como miembros de mesa durante la jornada electoral.
La entidad recordó la importancia de la participación ciudadana, la cual garantiza el normal desarrollo de la votación y fortalece la democracia en el país. Se exhorta a todos los electores a verificar oportunamente si son miembros de mesa para cumplir con esta función en las elecciones.
Excusas para miembros de mesa
Cabe indicar que la ONPE realizó, este 29 de enero, el sorteo público de miembros de mesa (titulares y suplentes) para las elecciones generales 2026. Conoce aquí cuáles son las causales para presentar una excusa para no cumplir con el cargo, solicitar una dispensa o presentar una tacha.
Según la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) el cargo de miembro de mesa de sufragio es irrenunciable; sin embargo, se puede presentar una excusa en estos casos:
- Notorio o grave impedimento físico o mental.
- Necesidad de ausentarse del territorio de la República.
- Encontrarse en estado de gestación o en periodo de lactancia de niños hasta los dos (2) años de edad cumplidos a la fecha de la elección.
- Ser mayor de 65 años
-Estar incurso en alguna de las incompatibilidades señaladas en el artículo 57 de la Ley 26859 referidas a impedimentos para ser miembro de las mesas de sufragio .
