El ministro de la Producción, José Luis Chicoma, destacó que la entrada en vigencia de esta ley, que fue impulsada en esta gestión y aprobada por el Congreso de la República, permite ampliar el alcance de los instrumentos financieros.
Impulso a las órdenes de compra
Lo más importante de la Ley promulgada es la eliminación del término “buena pro” del artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 013-2020, otorgando así calidad de título valor a las órdenes de compra /servicio del Estado menores a 8 UIT, que son aquellas en las que mayoritariamente participan las MYPE. De esta forma, las podrán utilizar en el mercado del factoring, accediendo a liquidez.
“Ahora las MYPE podrán utilizar sus órdenes de compra con el Estado para buscar financiamiento fácil, rápido y barato en las instituciones autorizadas y formales”, afirmó el ministro Chicoma Lúcar.
Otro cambio, que se da, es la inclusión explícita de las empresas de arrendamiento financiero no comprendidas en el ámbito de la Ley N.º 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros de la SBS, lo que permitirá ampliar el abanico de opciones para las MYPE que buscan modernizar sus maquinarias.
Asimismo, se limita la responsabilidad del financista en las operaciones de arrendamiento financiero. Esto se debe a que el financista u operador al ser un intermediario que permite al arrendatario contar con el mencionado bien, no tiene esta responsabilidad.