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DEFENSORÍA DEL PUEBLO DEMANDA ESTÁNDARES MÁXIMOS EN LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL DE LOS CENTROS EMERGENCIA MUJER (CEM)


Se debe evaluar el perfil psicológico y psiquiátrico, así como la capacidad para atender casos de violencia sexual contra mujeres, niñas y adolescentes.

El Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, demandó al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), los estándares más elevados en la contratación de personal que labora en los Centros Emergencia Mujer (CEM), en atención al trato que mantienen con personas especialmente vulnerables como son las mujeres, niñas y adolescentes víctimas de diversas manifestaciones de violencia de género, especialmente sexual.

Las y los funcionarios que atienden a las personas usuarias de estos centros deben cumplir con criterios de idoneidad, calificación personal, y especial sensibilidad en temas de género, que garantice un adecuado asesoramiento, evitando en todo momento, cualquier acto que las exponga a una situación de revictimización. El estándar de contratación debe ser el más alto, a fin de reducir al máximo las posibilidades de ingreso de potenciales agresores al programa Aurora, del cual dependen los CEM.

Por ello, es necesario que el proceso de contratación incluya evaluaciones psicológicas y psiquiátricas, así como una revisión de las características y condiciones personales de los postulantes. Una vez contratados, deben ser permanentemente evaluados para evitar que puedan cometer faltas o delitos, como el caso del exabogado del CEM del distrito del Rímac, Luciano Pacheco Torres, quien desde el año 2017 registra denuncias por violencia psicológica, tocamientos indebidos y, recientemente, por violación sexual a una menor de edad, anotó Gutiérrez.

Recordó que durante los años 2018 y 2019, la Defensoría del Pueblo observó que los equipos de trabajo de los CEM, en todo el país, no están completos (60 %), situación que es más grave en los centros ubicados en las comisarías (89 %). Ello representa un problema frente a la idoneidad del personal a contratar, pues conduce a la mala práctica de llenar las plazas con personas contratadas por períodos cortos (tres meses), habiendo una alta rotación que desfavorece la continuidad de funcionarios capacitados y sensibilizados a lo largo del tiempo.

Actualmente, se solicita a los postulantes únicamente la declaración jurada de no haber sido denunciado o sentenciado por violencia familiar y/o sexual, sin incluir todas las formas de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, entre otras, el acoso sexual y hostigamiento.

El Defensor del Pueblo, señala que al tratarse de un servicio tan importante como es la asesoría y acompañamiento legal, psicológico y social a de víctimas de violencia contra la mujer, la contratación no solo debe basarse en declaraciones juradas, sino en altos estándares de idoneidad, como es la aplicación de pruebas de perfiles psicológicos y psiquiátricos para su admisión, contratos sostenidos en el tiempo, un monitoreo permanente a su desempeño, el tratamiento del Síndrome de Agotamiento Profesional (SAP), entre otros.



Es importante reiterar que las recomendaciones efectuadas por la Defensoría del Pueblo están dirigidas a fortalecer las capacidades de las y los profesionales de los CEM sobre la comprensión de la violencia de género abordada en la Ley n.° 30364, poniendo énfasis en la violencia sexual contra niñas y mujeres, así como en las características de las diferentes modalidades de violencia.