Con el fin de garantizar el correcto desarrollo de los viajes o paseos escolares de integración, el Ministerio de Educación precisa lo siguiente:
Los viajes de estudios, visitas culturales, jornadas o paseos de integración que realizan las y los estudiantes deben contar con un plan de trabajo que detalle los objetivos de aprendizaje, conforme lo regulado por la Resolución Viceministerial N.° 086-2015-MINEDU. Además, deberán constar en el reglamento interno de las II. EE., en caso sean actividades que se realizan de manera recurrente durante dos o más periodos lectivos.
Asimismo, las y los directores de las II. EE. tienen como responsabilidad verificar la acreditación del cumplimiento de los numerales 6.1 y 6.2 de la mencionada RVM, cuya finalidad es asegurar que las condiciones en que se desarrollen las actividades permitan resguardar la integridad de los estudiantes, debiendo verificar, entre otros, los siguientes requisitos:
* La empresa deberá estar registrada en el Directorio Nacional de los Prestadores de Servicios Turísticos Calificados del Mincetur.
*,Estar inscrita en Sunarp
* Contar con licencia de funcionamiento
* SOAT vigente
Constancia expedida por la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (viajes a diferente región) o constancia expedida por la Dirección Regional Sectorial (viajes dentro de la región) que certifique el permiso de la empresa de transporte para realizar este servicio.
Declaración Jurada de la empresa de transportes en la que precise las características del servicio: tipo de asientos, servicios higiénicos, etc., de las unidades que serán utilizadas.
Asimismo, las y los directores de las II. EE. deberán asegurar y verificar que las empresas de transporte y/o agencias de turismo contratadas cumplan con las condiciones previamente autorizadas durante el embarque y la realización del viaje. El incumplimiento de estas condiciones que pongan en riesgo la integridad física de los estudiantes generaría responsabilidades de índole administrativa y/o penal.
Es necesario recordar que todo viaje o actividad, que se desarrolle fuera de la IE e involucre a estudiantes menores de edad, debe contar con la autorización escrita de los padres o madres de familia o apoderados.
Las direcciones regionales de educación, a través de las unidades de gestión educativa local, son las encargadas de supervisar que se cumpla lo dispuesto en la Resolución Viceministerial N.° 086-2015-MINEDU.