Páginas

TRATA DE PERSONAS CON FINES DE EXPLOTACIÓN LABORAL SE CASTIGAN HASTA CON 35 AÑOS DE PRISIÓN




El director general de Seguridad Democrática del Ministerio del Interior (Mininter), Miguel Huerta Barrón, informó que el delito de trata de personas con fines de explotación laboral está castigado con pena privativa de libertad de ocho a 15 años, conforme lo estipula el artículo 153 del Código Penal.

Huerta explicó que, según el citado artículo, inciso A, se establece como agravantes que el agente sea representante de una organización social o empresarial, que la víctima tenga entre 14 y 17 años de edad o alguna discapacidad, y que el agente sea pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Otro agravante es que la explotación laboral haya sido cometida por dos o más personas.

Las penas por este ilícito suben hasta 35 años de cárcel cuando la víctima muere o sufre alguna lesión grave debido a las condiciones en que era forzada a laborar.

“En el caso de los menores, cabe resaltar cuando se habla del delito de trata de personas con fines de explotación laboral el consentimiento brindado por el niño, niña o adolescente carece de efectos jurídicos”, afirmó Huerta Barrón.

El funcionario del Mininter indicó que, en enero de este año, se emitió el Decreto Legislativo N°1323 que incorpora el delito de trabajo forzoso como un tipo penal autónomo vinculado a la trata de persona.

“El Art. 168-B del Código Penal precisa que el trabajo forzoso ocurre cuando una persona somete u obliga a otra, a través de cualquier medio, a realizar un trabajo o prestar un servicio, sea retribuido o no. Esto es sancionado con una pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de 12 años. Y si se produce la muerte de la víctima puede llegar hasta 25 años de cárcel”, explicó.

Investigación en curso
En este contexto, el Coronel PNP Fredy Castillo Luque, director de la Dirección de Investigación del Delito Contra de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes (Dirctptim) de la Policía Nacional, informó que en coordinación con la Fiscalía Especializada en Trata de Personas se inició una investigación sobre el tipo de empleo que realizaban los trabajadores del siniestrado Centro Comercial "Nicolini", en el Cercado de Lima, quienes fueron registrados por medios de comunicación cuando pedían auxilio desde módulos metálicos en el techo del citado recinto.

“Desde el momento en que se tuvo conocimiento de las denuncias sobre las condiciones en las que trabajaban en ese centro comercial, dispuse una investigación del caso y coordiné con la Fiscalía Especializada para determinar la presunta comisión del delito de explotación laboral”, aseguró el Coronel PNP Castillo.

La Policía Nacional ya registró las declaraciones de los familiares de los adolescentes desaparecidos en el incendio y se viene atendiendo sus denuncias en la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri) de la PNP.

Cabe señalar que tras la investigación se determinará si es un caso de trata de personas con fines de explotación laboral o de trabajo forzoso.

 MININTER