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FUERON SANCIONADOS 942 CIUDADANOS EXTRANJEROS POR VIOLAR LA LEGISLACIÓN MIGRATORIA PERUANA




La Superintendencia Nacional de Migraciones sancionó en lo que va del Gobierno actual a 942 ciudadanos extranjeros por violar la legislación migratoria peruana, y dispuso, en la mayoría de los casos, la salida obligatoria del país de estas personas con impedimento de retorno al territorio nacional.

Migraciones precisó que la expulsión se dictó para 165 foráneos por infracción grave a la legislación migratoria; de ellos, 100 recibieron esa sanción producto de los atestados elaborados por la Policía de Extranjería, en el marco de los operativos hechos por la Policía Nacional para fortalecer la seguridad ciudadana.

Otros 79 extranjeros fueron también expulsados de Perú en cumplimiento de un mandato judicial.

Dichos extranjeros estarán impedidos de ingresar al país por el periodo de 10 años, si fueron sancionados al amparo de la Ley de Extranjería y el Decreto Legislativo 1236, o por 15 años, si se les aplicó la nueva Ley y Reglamento de Migraciones, vigente desde el 1 de marzo del presente año.

Asimismo, en 442 casos se dictó la salida obligatoria del país para foráneos que se encontraban en situación migratoria irregular, a consecuencia del vencimiento de sus permisos de permanencia o residencia, o por efectuar actividades que no correspondían a la calidad migratoria asignada como, por ejemplo, trabajar u obtener rentas en la condición de turistas.

Los sancionados con la salida obligatoria no podrán retornar al país hasta por un plazo de cinco años.

Migraciones canceló a 137 extranjeros la residencia o permanencia en el país, debido a que vulneraron la legislación migratoria, entre otros aspectos, por falsear datos en los documentos o informes suministrados para adquirir determinada calidad migratoria o por atentar contra el patrimonio cultural.

Asimismo, 61 extranjeros que purgaban cárcel también fueron enviados a sus naciones de origen, para que terminen de cumplir su pena, y se dispuso la salida del país de siete foráneos por extradición pasiva, es decir, para que sean juzgados en el Estado que solicitó la extradición.

Nueva Ley de Migraciones

Con la entrada en vigencia de su nueva ley y reglamento, que derogaron la Ley de Extranjería y el Decreto Legislativo 1236, Migraciones ha fortalecido sus capacidades de fiscalización y sanción, incluyendo la aplicación de multas para desalentar las infracciones a la legislación migratoria.

En ese sentido, se elevó de 10 a 15 años el impedimento de ingreso al país de los ciudadanos extranjeros que incurran en causal de expulsión, a quienes además se les impondrá el pago de una multa por la falta cometida.

Con esta legislación migratoria pueden ser objeto de expulsión los foráneos que realicen trámites migratorios mediante la presentación de documentos o información falsa, no cumplir con la salida migratoria, haber ingresado al país pese a tener impedimento de entrada, atentar contra el patrimonio cultural, realizar actividades que alteren el orden público, por mandato judicial y tras cumplir condena judicial.