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SE VIENE UN FIN DE SEMANA LARGO POR FERIADO DEL 8 DE OCTUBRE




Los fines de semana largo son momentos esperados por muchos porque brindan la posibilidad de alejarse de la rutina, hacer un viaje corto o terminar de hacer algo que estaba pendiente por el trabajo o los estudios.



En esta ocasión, la suma de un nuevo feriado no laborable compensables, de un feriado calendario y del descanso propio del fin de semana permitirá a algunos trabajadores disfrutar de unas próximas "mini" vacaciones.

Este nuevo fin de semana largo se da a propósito del domingo 8 de octubre, feriado nacional por el Combate de Angamos, el cual se suma al sábado 7 y al lunes 9, día no laborable decretado por el Gobierno.

De acuerdo con el Decreto Legislativo N.° 713, el 8 de octubre próximo será feriado nacional en conmemoración del Combate de Angamos, la batalla naval más representativa de nuestro país, día en que el almirante Miguel Grau Seminario, al mando del monitor Huáscar, entregó su vida y su honor en un memorable acontecimiento para nuestra historia.


Cuál es el pago por feriado

Según lo señalado por la Sunafil, si trabajas durante este feriado sin descanso sustitutorio, tienes derecho a triple pago que corresponde a:


1) La remuneración correspondiente al día feriado (ya incluida en la remuneración mensual que percibes).

2) La remuneración diaria correspondiente a la mano de obra efectuada.

3) Un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100% de la remuneración diaria correspondiente a la mano de obra efectuada.


Día no laborable 09 de octubre

Asimismo, el Decreto Supremo N° 151-2022-PCM establece que el lunes 9 de octubre será día no laborable.

Este descanso es aplicable para los trabajadores del sector público y, a diferencia de un feriado calendario, las horas dejadas de laborar deben compensarse en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Tratándose del sector privado, cuyo acogimiento a esos días no laborables es voluntario, corresponderá al empleador y los trabajadores fijarán de común acuerdo la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, considerando que a falta de acuerdo decidirá el empleador.


Andina