La declaratoria de emergencia sanitaria se dispuso luego de conocer el informe de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa) que señala que el consumo de agua con coliformes constituye un riesgo a la salud de la población.
Sostiene que el consumo de esta agua contaminada podría tener como consecuencia la presentación de brotes y epidemias en las 31 comunidades indígenas del distrito de Urarinas (Berlín, Huachpa Isla, 18 de Julio, Buenos Aires, Nuevo Elmira, Esperanza, 6 de Mayo, San Antonio, San Francisco, Urarinas, Santa Rosa de Urarinas, Monterrico, Nuevo Perú (Chambira).
También, Nueva Unión (Chambira), Santa Marta (Chambira), Santa Cruz de Tagual (Chambira), San Lorenzo (Chambira), Puerto Rico (Chambira), Nueva Horizonte (Chambira), San Pedro, Nuevo Pandora (Quebrada Tigrillo), Pandora (Chambira), Tres Fronteras (Quebrada Tigrillo), Nueva Angora, Fortuna (Quebrada Tigrillo) y Santa Rosa de Raya Yacu (Quebrada Tigrillo).
Asimismo, del distrito de Parinari (San José de Parinari, Jerusalén, Santa Rosa de Lagarto, Yurica Siete de Julio y Roca Fuerte).
El informe concluye que las referidas comunidades indígenas no cuentan con sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano o éstos se encuentran en estado deficiente o inoperativos, por lo que existe alto riesgo de ocurrencia de brotes y epidemias relacionados a enfermedades derivadas del consumo de agua no apta.
Otros informes
A esto se suma el informe del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades que concluye que los distritos de Urarinas y Parinari presentan muy alto riesgo para malaria, asimismo determinantes de riesgo para enfermedades diarreicas y parasitarias.
Agrega que el riesgo de parasitosis puede acarrear adicionalmente el riesgo de anemia y desnutrición infantil crónica.
En tanto, el comité técnico del Minsa emitió un informe donde concluye que “Se identifica la existencia de riesgo elevado de brotes o epidemias de enfermedades transmisibles como enfermedad diarreica aguda (EDA), malaria, infecciones respiratorias agudas, así como persistencia de riesgo elevado por el consumo de agua no apta para el consumo humano, en 31 comunidades indígenas priorizadas de los distritos de Parinari y Urarinas, de la provincia y región Loreto”.
Con estos informe, el Ejecutivo decretó la declaratoria de emergencia sanitaria, por el plazo de 90 días calendario, en 31 comunidades indígenas del distrito de Urarinas (Berlín, Huachpa Isla, 18 de Julio, Buenos Aires, Nuevo Elmira, Esperanza, 6 de Mayo, San Antonio, San Francisco, Urarinas, Santa Rosa de Urarinas, Monterrico, Nuevo Perú (Chambira), Nueva Unión (Chambira), Santa Marta (Chambira), Santa Cruz de Tagual (Chambira), San Lorenzo (Chambira), Puerto Rico (Chambira), Nueva Horizonte (Chambira), San Pedro, Nuevo Pandora (Quebrada Tigrillo), Pandora (Chambira), Tres Fronteras (Quebrada Tigrillo), Nueva Angora, Fortuna (Quebrada Tigrillo) y Santa Rosa de Raya Yacu (Quebrada Tigrillo); y del distrito de Parinari (San José de Parinari, Jerusalén, Santa Rosa de Lagarto, Yurica Siete de Julio y Roca Fuerte).
Plan de acciones
La norma refiere que corresponde al Ministerio de Salud, realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “Plan de Acción de la Emergencia Sanitaria en 31 comunidades de los distritos de Urarinas, Parinari Provincia y Departamento de Loreto”, que tienen como objetivo garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones.
El decreto supremo lleva la firma del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski; y es refrendado por el ministro de Salud, Jorge Salinas Rivas.