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SMP PROHÍBE EL COMERCIO AMBULATORIO EN EL DISTRITO



Con el objetivo de evitar el caos, la informalidad y la delincuencia en el distrito, la Municipalidad de San Martín de Porres emitió la ordenanza N° 436, que fue publicada en el diario oficial “El Peruano”, que regula el comercio ambulatorio en espacios públicos autorizados en la jurisdicción y propone además sanciones a los que la incumplan.

“El municipio emitió esta ordenanza teniendo en cuenta que el comercio ambulatorio es una actividad económica temporal que se realiza en la vía pública, y que debe tener en cuenta la tranquilidad de los vecinos, el ornato, la limpieza, el orden, la seguridad, sin afectar el libre tránsito peatonal”, preció el alcalde de San Martín de Porres, Adolfo Mattos Piaggio.

No negamos, prosiguió Mattos Piaggio, la posibilidad de que los comerciantes informales puedan trabajar en el distrito, pero deben saber que el municipio promueve por mandato de la ley el ordenamiento y la tranquilidad la población y es en este sentido que se tomó esta decisión con el objetivo de lograr su formalización y logren así su desarrollo social y económico.

“Estamos prohibiendo la presencia del comercio ambulatorio sobre todo en las oficinas públicas y descentralizadas de nuestra corporación municipal con la finalidad de darle a los vecinos y usuarios la tranquilidad y bienestar que se merecen”, finalizó el alcalde de San Martín de Porres.

Cabe precisar, que los que incumplan en esta norma serán sancionados con multas, así como el decomiso de sus mercaderías.


MSMP