Con el objetivo de evitar
el caos, la informalidad y la delincuencia en el distrito, la Municipalidad de
San Martín de Porres emitió la ordenanza N° 436, que fue publicada en el diario
oficial “El Peruano”, que regula el comercio ambulatorio en espacios públicos
autorizados en la jurisdicción y propone además sanciones a los que la
incumplan.
“El municipio emitió esta
ordenanza teniendo en cuenta que el comercio ambulatorio es una actividad
económica temporal que se realiza en la vía pública, y que debe tener en cuenta
la tranquilidad de los vecinos, el ornato, la limpieza, el orden, la seguridad,
sin afectar el libre tránsito peatonal”, preció el alcalde de San Martín de
Porres, Adolfo Mattos Piaggio.
No negamos, prosiguió
Mattos Piaggio, la posibilidad de que los comerciantes informales puedan
trabajar en el distrito, pero deben saber que el municipio promueve por mandato
de la ley el ordenamiento y la tranquilidad la población y es en este sentido
que se tomó esta decisión con el objetivo de lograr su formalización y logren
así su desarrollo social y económico.
“Estamos prohibiendo la
presencia del comercio ambulatorio sobre todo en las oficinas públicas y
descentralizadas de nuestra corporación municipal con la finalidad de darle a
los vecinos y usuarios la tranquilidad y bienestar que se merecen”, finalizó el
alcalde de San Martín de Porres.
Cabe precisar, que los que
incumplan en esta norma serán sancionados con multas, así como el decomiso de
sus mercaderías.
MSMP